- noviembre 13, 2023
- Posted by: VALORATEC
- Categoría: MATERIAL LABORAL
El Ministerio de Trabajo emitió una escala de remuneraciones mensuales unificadas para los miembros en servicio activo de las Fuerzas Armadas, dependiendo del año de antigüedad y el grado que poseen.
Debido a que se creyó necesario ajustar los valores establecidos como remuneraciones mensuales unificadas para los miembros en servicio activo de las Fuerzas Armadas, de acuerdo a los nuevos años determinados en la Ley Orgánica de Personal y Disciplina de las Fuerzas Armadas y su Reglamento General, esto lo determinó el Decreto Ejecutivo Nro. 822, publicado en el Segundo Suplemento del Registro Oficial Nro. 359 de 24 de julio de 2023 se expidió el Reglamento General a la Ley Orgánica de Personal y Disciplina de las Fuerzas Armadas, en su Disposición Transitoria Tercera, determina:
“En relación a los nuevos tiempos de permanencia en los diferentes grados para el personal de oficiales y tropa, previstos en los artículos 135 y 136 de la Ley Orgánica de Personal y Disciplina de las Fuerzas Armadas, el Ministerio de Defensa Nacional presentará al ente rector en materia de remuneraciones, la propuesta de “Escala de Remuneración mensual unificada para el personal de las Fuerzas Armadas.”
Es por esto que el Ministerio del Trabajo mediante Resolución Nro. MRL-2012-0054, publicada en el Registro Oficial Nro. 649 de 28 de febrero de 2012, emite la escala de remuneraciones para las servidoras y servidores en servicio activo de las Fuerzas Armadas.
Cabe señalar que el mismo Ministerio de Trabajo será en el encargado de efectuar el control de la aplicación de la presente resolución y si no se llegase a cumplirse se comunicará de inmediato a la Contraloría General del estado.
Consecuentemente, Las Fuerzas Armadas, a través de su unidad administrativa competente, realizará las reformas que correspondan al vigente distributivo de remuneraciones mensuales unificadas institucional.
LINK: